La Haya no
tiene jurisdicción.
Existen buenos fundamentos jurídicos para que
Chile impugne la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia en la
demanda boliviana. Una de tantas razones es que el Pacto de Bogotá, que
habilita a la intervención de la Corte, le impide juzgar asuntos regidos por
tratados anteriores a la suscripción de dicho pacto, es decir, previos al 30 de
abril de 1948. Y ese es precisamente el caso de la controversia y de los
límites con Bolivia, fijados a perpetuidad por el Tratado de 1904. Lo que en
verdad está planteando el país vecino es lo que el derecho internacional no
acepta: la revisión de dicho tratado. Por ello lo presenta por la vía engañosa
y encubierta de invocar la supuesta obligación de Chile de una negociación que
le otorgue a Bolivia una salida plenamente soberana al océano Pacífico.
La decisión de ejercer la excepción de falta de
jurisdicción ante la Corte queda pendiente de la oportunidad para hacerla
valer. Hay quienes abogan ejercerla previamente a la discusión de fondo, dentro
del plazo en curso de los noventa días desde la presentación de la memoria,
antes del 15 de julio próximo. Otros, en cambio, aconsejan reclamar la falta de
jurisdicción en la contramemoria o contestación de la demanda, para que sea
fallada al final del proceso, luego de la dúplica, la réplica y los alegatos
orales finales. La primera opción envía una señal clara y firme a la Corte del
rechazo de Chile a su jurisdicción, acorta sustancialmente y pone término
anticipado al juicio, reduce los espacios de la acción comunicacional y de la Diplomacia
pública bolivianas, y obliga a ese país a entregar todas sus alegaciones desde
la partida.
Hasta ahora Chile se ha sometido sin matices a
los dictados de la Corte. Incluso ha proporcionado señales que pueden ser
interpretadas equivocadamente como de confianza en sus dictámenes. A la vez,
pueden haberse generado percepciones erróneas de aceptación sin reservas ni
molestias de su incoherente fallo en el reciente proceso de delimitación
marítima con Perú.
Hay quienes temen que la Corte, en su
inclinación de arrogarse competencia, deje para la sentencia definitiva la
alegación preliminar de falta de jurisdicción y con ello permita a Bolivia
publicitar una victoria procesal que repercutiría en la defensa y Gobierno de
Chile. Es efectivo que todo juicio tiene un riesgo: nadie está en condiciones
de asegurar anticipadamente una sentencia favorable. Pero esa contingencia no
justifica eludir y renunciar a un recurso de uso corriente que protege el
interés nacional; tampoco corresponde sacar cálculos políticos de corto plazo
y, menos, perder la oportunidad de enviar un mensaje potente, y no diluido en
otras alegaciones, de que se desconoce la jurisdicción de La Haya sobre un
asunto que está regido por un tratado anterior a la suscripción del Pacto de
Bogotá. Además, en numerosas ocasiones la Corte ha aceptado su incompetencia y
rechazado al inicio demandas que carecen de fundamentos jurídicos suficientes
para que sean admisibles.
Independientemente de reclamar la incompetencia
de la Corte en el diferendo con Bolivia, cabe plantear nuevamente el retiro de
Chile del Pacto de Bogotá, en cuanto nos obliga a comparecer indefinidamente a
ese Tribunal, cuya confiabilidad es debatible. Retirarse de la Corte de La Haya
no debería presentar mayor inconveniente: solo 63 de 193 países le reconocen
competencia. Los arbitrajes son fórmulas mejores y más confiables para
solucionar pacíficamente las controversias entre Estados. Los Jueces árbitros
se escogen por las partes según su idoneidad, y no como los de La Haya,
elegidos por la votación de la Asamblea General de las Naciones Unidas, donde
la política y la representación geográfica son las claves. Por lo demás así lo
hemos practicado y está previsto con Argentina.
Editorial tomado de Diario El Mercurio.
1 comentario:
Una cosa previa. Con los arbitrajes no nos ha ido nada de bien tampoco. Con abrazos y arbitrajes Argentina por ejemplo nos ha quitado miles de km2.,millones si incluimos la Patagonia.
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